Por Rodrigo Medeles R. / Columna de Impacto.
El caso viral que involucra a integrantes de la llamada Patrulla Espiritual y a policías municipales de Tijuana ya no es el mismo que se conoció en un inicio. Lo que comenzó como una denuncia directa por presunto robo y abuso de autoridad hoy enfrenta un punto de quiebre.
En un primer momento, la atención pública se centró en el actuar de los agentes señalados. Sin embargo, el escenario cambió cuando los policías respondieron legalmente, acusando a Jesús Ignacio Osuna Torres, “El Chikilín”, de falso testimonio ante la Fiscalía, según lo difundido por el propio líder del centro de rehabilitación. Este movimiento no borra la denuncia original ni exonera a nadie, pero sí transforma el fondo del conflicto.
A partir de ahora, el debate deja de girar exclusivamente en torno al actuar policial y se traslada a un terreno aún más delicado: la veracidad de los hechos narrados. En términos jurídicos, el cambio es profundo, porque la autoridad ya no solo investiga si existió abuso de poder, sino si las declaraciones que detonaron el caso son consistentes, comprobables y verdaderas.
Actualmente, dos carpetas de investigación avanzan en paralelo y ambas tienen peso legal. Ninguna anula a la otra. Ambas obligan a revisar pruebas, testimonios y responsabilidades con el mismo rigor.
Hay un elemento que vuelve este escenario especialmente sensible: el daño a terceros.
La denuncia inicial derivó en consecuencias reales, entre ellas la suspensión de policías, afectaciones a su reputación profesional y la apertura de procesos internos y penales. Si se acreditara que el testimonio fue falso o deliberadamente alterado, el caso dejaría de ser una disputa de versiones para convertirse en un posible uso indebido del sistema de justicia.
A esto se suma la exposición mediática, un factor inevitable en la era digital. La presión pública suele acelerar respuestas institucionales, pero también endurece el escrutinio legal. Videos, transmisiones y declaraciones que en su momento construyeron una narrativa social hoy pueden convertirse en elementos probatorios, analizados palabra por palabra.
Este contexto obliga a recordar un principio que con frecuencia se diluye entre la indignación y el aplauso digital: la presunción de inocencia aplica para todos.
Para los policías señalados y para quien los denunció. Nadie está condenado, pero nadie está exento de sostener sus dichos ante la ley.
Más allá de los nombres involucrados, el caso plantea una pregunta de fondo que Tijuana no puede ignorar: ¿hasta dónde una denuncia pública fortalece la justicia y en qué momento puede convertirse en un riesgo legal para quien la encabeza?
Hoy, este asunto ya no se define por quién habló primero ni por quién tiene más seguidores, sino por quién pueda probar lo que afirma.
El giro no es de forma, es de fondo, y su desenlace marcará un precedente sobre cómo se procesan las denuncias ciudadanas y cómo responden las instituciones frente a la presión mediática.
Para dar fe:
Nunca se debe olvidar que quien acusa, está obligado a probar.

