En sesión de Pleno, el Congreso de Baja California aprobó la iniciativa presentada por el diputado Juan Manuel Molina García, mediante la cual se establecen en la Ley de Desarrollo Urbano las definiciones, normas y criterios para la creación, mantenimiento y mejoramiento de los espacios públicos en el estado.
El objetivo es garantizar áreas accesibles, seguras y adecuadas para la ciudadanía, fortaleciendo así el tejido social y promoviendo una mejor calidad de vida en las comunidades.
El diputado Molina García destacó que esta reforma es un paso clave para dotar de mayor certeza legal a la planeación y conservación de los espacios públicos, ya que hasta ahora la legislación carecía de una definición precisa y criterios normativos claros para su desarrollo y cuidado. Con la aprobación de esta iniciativa, se busca resolver esa laguna legal y asegurar que estos espacios evolucionen de manera ordenada y sustentable.
El legislador subrayó que los espacios públicos de calidad son un derecho ciudadano, ya que fomentan la interacción social, democratizan el uso de las ciudades y promueven la integración comunitaria. Además, resaltó que estos espacios desempeñan un papel fundamental en la mitigación del cambio climático y en la mejora del entorno urbano, al ofrecer zonas verdes y de esparcimiento adecuadas para la población.
Molina García explicó que la reforma también contempla criterios ambientales y de sustentabilidad, tomando en cuenta la crisis hídrica que enfrenta Baja California. Por ello, se propone que las áreas verdes de riego intensivo no superen el 15% de la superficie total de los parques y se impulsa el uso de especies nativas, además de implementar sistemas de captación de agua pluvial para su aprovechamiento en el mantenimiento de estos espacios.
El Dictamen No. 2 de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Movilidad, Comunicaciones y Transporte respalda esta reforma, la cual modifica el artículo 114 y adiciona el artículo 114 BIS a la Ley de Desarrollo Urbano de Baja California. Dichas disposiciones garantizarán que los espacios públicos dentro de los asentamientos humanos sean accesibles, seguros y de libre acceso para toda la comunidad.
Finalmente, el artículo 114 BIS establece que la creación, mantenimiento y mejora de los espacios públicos deberán alinearse con la NOM-001-SEDATU-2021 y con el marco normativo aplicable, asegurando que estos espacios cumplan con estándares de calidad, seguridad y sustentabilidad que favorezcan el bienestar de los bajacalifornianos.
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