El tiempo no borra la condena
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Por Ángel Ramírez / mx.aramirez@gmail.com

La sentencia de 21 años, 8 meses y 4 días de prisión contra Nailea Salas Fernández ha generado molestia entre muchos ciudadanos que no entienden cómo una persona declarada culpable por la muerte de dos personas y las lesiones permanentes causadas a tres menores de edad sigue enfrentando el proceso en libertad.

Lo primero que debe quedar claro es que Nailea Salas no fue absuelta ni exonerada. Lo que ocurre es que está haciendo uso de los recursos legales que permite el sistema de justicia para intentar revertir la condena.

La apelación, el amparo y otros mecanismos jurídicos son derechos establecidos en la ley, pero por sí solos no eliminan la sentencia.
En este momento, el debate ya no se centra en los hechos ocurridos ni en la responsabilidad penal que determinó el Tribunal de Enjuiciamiento.

Lo que analizan las instancias superiores es si durante el proceso existieron errores o violaciones que justifiquen modificar o reponer el juicio. Si eso no sucede, la condena terminará por quedar firme.

El caso también vuelve a poner sobre la mesa uno de los mayores problemas del sistema judicial mexicano: la lentitud de los procesos.

Han pasado más de cinco años desde el accidente registrado en mayo de 2021 y todavía podrían pasar un par de años más antes de que exista una resolución definitiva.

Ese retraso provoca frustración entre las familias de las víctimas y entre una sociedad que espera que la justicia llegue en tiempos razonables.

De poco sirven las promesas de agilizar los tribunales cuando expedientes de alto impacto permanecen abiertos durante tantos años.

Mientras este asunto sigue su curso, el Congreso de Baja California ya trabaja para evitar que tragedias similares se repitan bajo los mismos criterios legales.

La reciente incorporación del dolo eventual al marco jurídico representa un cambio importante en la forma de castigar a quienes provocan muertes al conducir bajo condiciones de alto riesgo.

La diputada Evelyn Sánchez ha impulsado esta reforma junto con colectivos y familiares de víctimas que durante años exigieron penas más severas para conductores ebrios, drogados, distraídos por el uso del celular o que manejan a velocidades excesivas.

Con estas modificaciones, ciertos casos podrán dejar de ser considerados únicamente como homicidios culposos para ser perseguidos bajo la figura de dolo eventual, al reconocer que quien toma el volante en esas condiciones sabe que puede causar una tragedia y aun así decide correr el riesgo.

Además, se contemplan penas de 8 a 14 años de prisión, prisión preventiva oficiosa y agravantes cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad.

Este cambio legal es resultado de años de presión social y del trabajo de familias que no dejaron de exigir justicia.

También representa un reconocimiento al esfuerzo del Congreso de Baja California por fortalecer la legislación y cerrar vacíos que durante mucho tiempo permitieron enfrentar este tipo de procesos en libertad.

En cuanto al caso de Nailea Salas Fernández, todo indica que seguirá su camino por los tribunales durante varios meses más. Esa es la realidad del proceso.

Sin embargo, cada recurso que se resuelve acerca el expediente a una decisión definitiva.
La condena existe y sigue vigente. Los recursos legales pueden retrasar su ejecución, pero no significan que desaparezca.

Al final, será la autoridad judicial la que determine si la sentencia queda firme o si existe algún motivo legal para modificarla.