Legisladores ajustan reforma a la Ley de Aguas tras presión de agricultores
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La presión ejercida por agricultores y productores, quienes durante días mantuvieron cierres carreteros y protestas en distintos puntos del país, llevó a la 4T a modificar su propuesta de reforma a la Ley General de Aguas. Las nuevas disposiciones garantizan la transmisión familiar y la herencia de títulos de concesión, uno de los temas que más preocupación generaba entre el sector agrícola.

Los cambios aprobados en San Lázaro establecen que, en casos de venta de propiedades asociadas a títulos de concesión, fusiones de sociedades o acreditación de derechos sucesorios, la Autoridad del Agua deberá resolver la reasignación de volúmenes en un plazo máximo de 20 días. Además, el nuevo título conservará el mismo volumen, uso y periodo restante de vigencia.

La reforma también contempla que, cuando se transmita la propiedad de tierras vinculadas con un título de agua, el nuevo propietario mantendrá los derechos de explotación, uso o aprovechamiento del recurso, siempre que se trate de actividades agrícolas o pecuarias. Incluso la combinación de ambas no implicará un cambio de uso, lo que brinda mayor seguridad jurídica a productores.

Otro ajuste relevante es la ampliación del plazo para solicitar prórrogas, que pasa de uno a dos años antes de la fecha de vencimiento del título. Asimismo, se elimina la disponibilidad del recurso como criterio para determinar la procedencia de una prórroga, un punto que generaba incertidumbre entre los agricultores.

La iniciativa revisada permite que particulares continúen realizando prácticas como vender, ceder o heredar concesiones, aunque ahora con intervención obligatoria de la autoridad para validar dichos movimientos. La versión original impulsada por Morena buscaba prohibir estas operaciones, lo que detonó inconformidad en el sector.

En materia de sanciones, las multas se reducen de un rango de 260 a 50,000 UMAS a un margen de 260 a 30,000. Las penas de prisión también disminuyeron, pasando de entre 1 y 12 años a un rango de 3 meses a 8 años. Asimismo, se exceptúa de responsabilidad a quienes realicen estas actividades para uso personal, doméstico o agropecuario familiar, lo que representa un alivio para pequeños productores.