Este lunes 18 de agosto, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que los CFDI de nómina tendrán plena validez probatoria en juicios laborales, aun sin firma del trabajador.
La decisión representa un cambio en la interpretación de obligaciones patronales y en la forma de comprobar el pago de salarios, consolidando el uso de herramientas digitales dentro del ámbito laboral y jurídico del país.
Hasta antes de este fallo, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 101, establecía que los recibos impresos debían contar con firma autógrafa del trabajador. El tribunal determinó que los comprobantes digitales poseen el mismo valor, siempre que sean verificables en el portal del SAT.
El nuevo criterio implica que los empleadores ya no necesitarán recabar la firma de cada trabajador en los recibos, mientras que los empleados podrán impugnar, equilibrándose la carga de prueba mediante la verificación digital.
El tribunal puntualizó que la validez de los CFDI de nómina dependerá de su compulsión en el portal del SAT. Durante los juicios laborales se designará un fedatario para revisar las ligas electrónicas correspondientes.
En caso de existir concordancia entre los comprobantes digitales presentados como evidencia y los registros oficiales, los recibos se considerarán “perfeccionados”, salvo que las partes presenten elementos en contrario durante el proceso legal.
Con este fallo, el TFJA impulsa la consolidación de los CFDI como documentos jurídicamente válidos en materia laboral, sustituyendo la firma física en papel por la validación digital ante el SAT, fortaleciendo la transparencia y modernizando procesos.
